Este Juzgado Primero (1º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha quince (15) de julio de 2017, por el ciudadano CARLOS MALAVER, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nº: 20.149, Apoderado Judicial de la sociedad mercantil CVG INDUSTRIA VENEZOLANA DE ALUMINIO, C. A. (CVG VENALUM), parte beneficiaria del acto administrativo, en la presente causa, en contra la Sentencia de fecha cinco (05) de agosto del 2016, dictada por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Se Revoca el Auto de fecha catorce (14) de diciembre del 2017, dictado por el Juzgado Tercero (3º) de.....