DISPOSITIVA
             Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud de declaratoria de  Unica y Universal Heredera del  De Cujus  DANIEL OCTAVIO RODRÍGUEZ,   intentada por  la  ciudadana:  FLOR ELENA OROZCO MENDOZA, titular de  la Cédula  de Identidad  Nro. 5.661.143, representada por la  Abg.  BETTY RODRIGUEZ PORRAS, todos identificados en autos.-----------------------------------
	No hay condenatoria en costas por la naturaleza de lo aquí decidido.----------------------------------------------------------------------------------------------
	Regístrese y publíquese.----------------------------------------------------------
	Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los cuatro (04)  días del mes de Mayo  del 2.009. Años: .....