Por todo lo anteriormente indicado, este Tribunal Militar actuando en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, en contra de los Ciudadanos S/1º YELVIS JAISON ZAMBRANO LIMA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.709.666, Y S/2º DANNY FARIAS MARTINEZ titular de la Cédula de Identidad N° V- 25.364.168, por la comisión del delito militar de NEGLIGENCIA, articulo 538 en concatenada relación con el artículo 545, en grado de autores, de conformidad con lo establecido en el Artículo 390 numerales 1º, con los Agravantes señalados en el Artículo 402, en sus ordinales 2° y 16°, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE ADMITEN, TODOS Y CADA UNO DE LOS MEDIOS PROBATORIOS OFRECIDOS por la representación fiscal por considerarlos útiles, pertinentes, legales y necesarios para demostrar la verdad de los hechos, de conformidad a lo previsto en el a.....