DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado KELVI GERARDO ZAMBRANO BENÍTEZ, en su condición de Defensor Privado, contra la decisión dictada en fecha 23 de febrero de 2017, por el Tribunal Militar Primero de Control con sede en Caracas, Distrito Capital, mediante la cual declaró con lugar la Privación Judicial Preventiva de Libertad y la aplicación del procedimiento ordinario solicitada por la vindicta pública militar en la causa seguida al ciudadano SANTIAGO JOSÉ GUEVARA GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V- 3.304.877, presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de Traición a la Patria, previsto en el artículo 464 ordinal 25° y sancionado en el artículo 465, e Instigación a la Rebelión, previsto y sancionado en el artículo 481, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida.