Este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR LA PERENCION BREVE ALEGADA Y SIN LUGAR, la CUESTIÓN PREVIA, referente a la existencia de una cuestión prejudicial prevista en el artículo 346 ordinal 8 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la entidad mercantil LV INGENIEROS C.A., representada por el ciudadano ANGEL LEONARDO VIÑA. En el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO, incoado por la entidad mercantil CYMI VENEZUELA S.A., empresa que anteriormente se denominara CONTROL Y MONTAJES INDUSTRIALES CYMI VENEZUELA S.A, contra la entidad mercantil LV INGENIEROS C.A, todos antes identificados. En consecuencia se advierte a las partes que dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes deberán dar contestación a la demanda, siguiendo el juicio por los trámites del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 ordinal 3º del Código de Procedimiento Civil.
Se condena en costas a la parte dem.....