DECISIÓN
Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECRETA LA DESESTIMACION de la denuncia interpuesta por la ciudadana JOHANNA CAROLINA MONTES DE OCA PERERA en la presente causa, en contra de la menor RSERVADO, por determinarse que los hechos objeto del proceso constituyen delito cuyo enjuiciamiento solo procede a instancia de parte agraviada. Notifíquese a las partes.
Regístrese y Publíquese.-
El Juez de Control No 2
Abg. Wilmer Alexander Oviedo Mújica La Secretaria