Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio 185-A (individual) presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos YANOSKY JOSE RODRIGUEZ MORENO y DORIS DEL CARMEN MUÑOZ MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad bajo los Nros. V-9.903.835 y V-11.174.205, respectivamente, en fecha 09/09/2011, por ante el Registro Civil de la Parroquia Cachamay del Municipio Caroní del Estado Bolívar, signada el Acta de Matrimonio bajo el Nº 266 de los libros de matrimonio llevados por ese despacho durante el año 2.011, acompañada a la presente causa. La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue esposo y am.....