DECISION
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer del presente asunto y en consecuencia, DECLINA la competencia para conocer y decidir la solicitud de título supletorio presentado por la ciudadana TANIA YSABEL RODRIGUEZ CAMPO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.798.341, de este domicilio, cuya solicitud se encuentra visado por el abogado JESUS E. VELASQUEZ, en uno cualquiera de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que por distribución le corresponda conocer de las presentes actuaciones. ASI SE DECIDE.-
2. De co.....