Se Dicto Auto otorgaando en contra del probado Raúl Hernández González, titular de la cédula de identidad V-6.800.678, la suspensión condicional del proceso por el lapso de un (01) año, a partir de la presente fecha, y en consecuencia queda el acusado de autos, sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones: 1.- El pago a la ciudadana víctima, Darlys Adelaida Josefina Hernández, el día 31-01-2013, de treinta mil bolívares (30.000 Bs.) y posteriormente el día 01-03-2013, el pago de un millón quinientos veinte mil bolívares (1.520.000 Bs.). 2.- Prohibición de incurrir nuevamente en hechos similares a los que originaron la presente causa, así como la prohibición de acercarse a la ciudadana víctima y la realización de cualquier tipo de acto que implique intimidación, acoso u hostigamiento en perjuicio de la ciudadana víctima o sus familiares, ya sea por si mismo o a través de terceras personas, prohibiéndosele asimismo incurrir en cualquiera de los tipos penales previstos en la Ley O.....