DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los Abogados Cruz Alejandro Maestre Lanza y Ofelia Alejandra Maestre Pineda, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano Ronmer Jhonatan López Amaro, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por la accionante CESO, en virtud de que en fecha 01 de Noviembre de 2011 fue recibido por esta Corte de Apelaciones el Recurso de Apelación interpuesto signado con el Nº KP01-R-2011-000342, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales según lo manifestado por los accionantes en su solicitud de amparo.