Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que el cónyuge, ciudadano: WUILLIAN FERNANDO OSORIO PINTO, ha comparecido en forma personal para solicitar se declare la extinción del vínculo conyugal que lo une con la ciudadana: DORKIS YAJAIRA PINTO POMONTI, que habían contraído por ante el REGISTRO CIVIL DE MUNICIPIO HERES, ACTUALMENTE MUNICIPIO ANGOSTURA DEL ORINOCO DEL ESTADO BOLIVAR, en fecha 21 de Diciembre del año 2016, en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: WUILLIAN FERNANDO OSORIO PINTO y DORKIS YAJAIRA PIN.....