Por los fundamentos de hecho y de derecho explanados en los artículos 2, 19, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordada relación con los artículos 2, 13, 22, 346, 347 y 349 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Militar Tercero de Juicio con sede en Maracaibo, presidido en funciones judiciales por el Coronel Jorge Luis Quevedo Martínez, Presidente; Coronel Yoffer Javier Chacón Ramírez, Juez Militar Y Teniente Coronel José Coromoto Barreto, Juez Militar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Primero: De conformidad con lo señalado en el artículo 2, 19, 26, 44, 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación de los artículos 344 y 349 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos conforme a lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Pe.....