DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. José Filogonio Molina, contra de la decisión dictada en la audiencia celebrada en fecha 23-07-2014 y fundamentada en fecha 29-07-2014, por la Jueza del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 7 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos Miguel Ángel Goyo Rodríguez, Claudio Cesar Aranguren Freitez, Manuel Ivan Arejula Torres, Osman José Medina Hernández, Adalberto José Rodríguez Hernández y José Ramón Aranguren Álvarez, por la presunta comisión de los delitos de Posesión Ilícita de Arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 111 de la ley para el desarme de control de armas y municiones, Ap.....