Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Sexto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 115, 116 y 324 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordada relación con el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Prueba Anticipada y posterior Autorización para la Destrucción del material de explosivos incautado en fecha 29 de enero de 2009 como consecuencia de un allanamiento realizado en los galpones "A-5 y A-6" ubicados dentro del complejo CAVIM Morón y asignados a la empresa Inversiones SEMENZE C.A.