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Decisiones del dia 03/09/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-O-2007-163 N° Sentencia : KP02-O-2007-163 Fecha: 03/09/2007
Procedimiento:
Amparo
Partes:
: WILMER JOSÉ NARVAEZ ÁLVAREZ Y OSWALDO PASTOR GALICIA GONZÁLEZ VS INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA:
Resumen:
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el Amparo Constitucional propuesto por los ciudadanos WILMER JOSÉ NARVAEZ ÁLVAREZ y OSWALDO PASTOR GALICIA GONZÁLEZ, antes identificados, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón del principio constitucional de igualdad de las partes ya que si la administración no puede ser condenada mal podría condenarse al particular. Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Freddy Josue Duque Ramirez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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N° Expediente : KE01-X-2007-000152 N° Sentencia : KE01-X-2007-000152 Fecha: 03/09/2007
Procedimiento:
Amparo Cautelar
Partes:
RHODIA SÍLICES DE VENEZUELA C.A VS INSPECTORÍA DEL TRABAJO
Resumen:
En merito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el Amparo Cautelar incoado por la Empresa Mercantil RHODIA SÍLICES DE VENEZUELA C.A, y en consecuencia se ordena la Suspensión de los Efectos de la providencia administrativa N° 276 de fecha 08 de Agosto del año 2007, emanado de la INSPECTORIA DE TRABAJO "PEDRO PASCUAL ABARCA" DE BARQUISIMETO ESTADO LARA, hasta tanto se tenga una Sentencia Definitiva. Notifíquese a través de oficio al Inspector del Trabajo del Estado Lara, sede "PEDRO PASCUAL ABARCA", a los fines de que cumpla con el mandamiento de amparo Cautelar. Remítase copia certificada de la presente decisión. Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. .....
Juez/Ponente:
Freddy Josue Duque Ramirez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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