En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Militar Tercero de Control con sede en la Ciudad de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a decidir conforme a los siguientes términos: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD efectuada por el Ministerio Público Militar, en contra del ciudadano Imputado: CARLOS LUIS MAYORA, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.127.104, quién se encuentra presuntamente incurso en los delitos militares de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS tipificado en el artículo 570, numeral 1º, ULTRAJE AL CENTINELA A LA BANDERA Y A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, previsto y sancionado en el artículo 501, 502 y 505 todos del Código Orgánico de Justicia Militar y el delito de VIOLACIÓN DE LAS ZONAS DE SEGURIDAD, previsto en el artículo 56 de la ley Orgánica de la Seguridad de la Nación. Se establece como sitio de .....