DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados RAFAEL ALFONSO TOSTA RIOS y OMAR MORA TOSTA, en su carácter de Defensores Privados, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha 23 de mayo de 2017, por el Tribunal Militar Tercero de Control con sede en Caracas, Distrito Capital, mediante la cual decretó la Medida Judicial Privativa de Libertad, al ciudadano ANDRES JACOBO MARTÍNEZ ORAMAS, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de TRAICIÓN A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25° y sancionado en el artículo 465 y DE LA REBELIÓN MILITAR, previsto en el artículo 476 ordinal 1°, artículo 486 ordinal 4° y sancionado en el artículo 487 y 479, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar; fundamentado en el artículo 439, numerales 4 y 5 en concordancia con el artículo 440, del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.