Analizadas las actas que conforman la presente causa, y en vista que el penado DIDMAR RAMON AÑEZ FERRER, titular de la cedula de identidad Nº 15.702.820, quien se encuentra gozando del beneficio de el Beneficio de Destino a Establecimiento Abierto desde la fecha 16 de junio de 2006 y en razón a la redención realizada por la Junta de Redención Laboral y Educativa de la Cárcel Nacional de Maracaibo "Sabaneta", suscrita por los miembros de la referida Junta, y por este Tribunal Militar de Ejecución de conformidad con lo establecido en el articulo 508 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 510 ejusdem. Y dado, que se modificaron las fechas de los beneficios, este Órgano Jurisdiccional procede a recabar los requisitos según lo previsto en los artículos 500, 504, y 506 del Código Orgánico Procesal Penal para otorgar la libertad condicional del penado. Por lo tanto, este Tribunal, ACUERDA, PRIMERO: Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Ma.....