DECLARO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho FERMIN JOSE CABRERA BRITO, Defensor del ciudadano LUIS JOHAN CHAVEZ ARTAHONA, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 16.553.350, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Quinto de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Maracay, Estado Aragua, de fecha veintidós de julio de dos mil cinco, mediante el cual decretó la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, conforme a los artículos 250 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia CONFIRMO el auto dictado por el tribunal a quo.