Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar declara INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMACIÓN), interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO HENRIQUEZ contra la ciudadana YENEISSIE JOSEFINA PINTO SOLÍS.
Publíquese y regístrese, incluso en la página web oficial www.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de esta decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial de Estado Bolívar, a los tres (03) días del mes de julio de dos mil veinticuatro (2024) Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.