Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental ADMITE en cuanto a lugar en derecho de conformidad con el artículo 274 del Código Orgánico Tributario vigente, el presente Recurso Contencioso Tributario, el cual fue ejercido por el abogado Abrahan Heriberto Moro Gómez, titular de la cédula de identidad N° V-4.200.522, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 104.137, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CRU-MAR, C.A., identifica ut supra; en contra de Resolución N° SNAT/GGCAT/GCT/DCPT /ISLR/2016/PA-0057-04, de fecha 31 de marzo de 2017, notificada el 11 de mayo del mismo año, emitida por la Gerencia General de Control Aduanero y Tributario del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se confirmó las objeciones fiscales contenidas en el Acta de Reparo N° SNAT/GGCAT/GCT/DCPT/ISLR/2016/PA-0057-01, de fecha 27 de enero de 2017,.....