DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada YUCELVIN VIOLETA DÍAZ GONZÁLEZ, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano Teniente MICHAEL JOSÉ LUGO REBOLLEDO, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, estado Mérida, en audiencia preliminar de fecha 04 de febrero de 2014 y publicada en fecha 07 de febrero de 2014, mediante la cual lo condenó a cumplir la pena de trece (13) meses y cinco (05) horas de prisión, más las penas accesorias establecidas en el artículo 407 ordinales 1º, 2º y 3º del Código Orgánico de Justicia Militar, conforme al procedimiento por admisión de los hechos, previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, como autor de los delitos militares de PUBLICACIÓN DE ASUNTOS RELACIONADOS CON EL SERVICIO SIN LA DEBIDA AUTORIZACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 564 y DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el encabezamiento del artículo 520, amb.....