Por las razones narradas con antelación, este Juzgado Militar Quinto de Control con sede en Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con Lugar la solicitud presentada por la Teniente Rocío Katherine Arguello Rangel, en su condición de Fiscal Militar Auxiliar Décimo Segundo, con competencia a nivel nacional y con sede en Maracay Edo. Aragua. SEGUNDO: Decreta el Sobreseimiento de la causa y en consecuencia La Extinción de la Acción Penal, con motivo a las hechos ocurridos en el Apostadero Naval T.N "Tomas Vegas" ubicado en Turiamo Estado Aragua, el día 13 de diciembre de 2006, donde resulto fallecido el ciudadano MARINERO GABRIEL MOISES GUARENAS, titular de la cédula de identidad N°V- 18.093.597, de conformidad con lo establecido en el artículo 300, cardinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, notifíquese. HÀGASE COMO SE ORDENA
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