DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación intentada por la representación de la parte actora en contra la sentencia dictada el 22 de Junio de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró SIN LUGAR la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA intentada por la ciudadana OLGA JOSEFINA CAMACHO en contra de PEDRO PABLO GIMÉNEZ MENDOZA, MILAGRO COROMOTO GIMÉNEZ DE PAZ Y PEDRO ANTONIO GIMÉNEZ ALVARADO.
Se RATIFICA la condenatoria en costas de la parte perdidosa decretada por el a-quo y se CONDENA en costas en esta instancia a la parte demandante, según el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el Artículo 248.....