este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se acuerda agregar al Cuaderno de Cumplimiento Alimentario copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación, y se ordena aperturar cuenta de ahorros en el Banco BANFOANDES, Agencia Quibor. Así mismo se ordena oficiar al Jefe de los Servicios Policiales del Estado Lara, Fuerza Armada Policial a objeto de dejar parcialmente si efecto el contenido del Oficio 2640-424, de fecha: 05 de Junio de 2007. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA SUPLENTE
ABOG. ANNYS HE.....