Se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, el recurso contencioso tributario, interpuesto por el Abogado Omar Ortega Pizzani, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.793.155, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.580, representante judicial de la contribuyente COMPLEJO SIDERURGICO DE GUAYANA, C.A. (COMSIGUA), contra la Resolución Nº GRTI/RG/DJT/2010/036, de fecha 18 de mayo de 2010, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que declaró sin lugar la Solicitud de Prescripción de las Resoluciones de Imposición de Sanción Nº 200908200123002774, 200908200123002775, 200908200123002776 y 200908200012300277, todas de fecha 20 de noviembre de 2.009, emitidas por el citado órgano tributario.