DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el Abg. José Diógenes Fernández Montiel, en su condición de Defensor Privado del ciudadano PEDRO GILDARDO MENDOZA MORENO, contra la decisión dictada en Audiencia Oral celebrada en fecha 11-04-2009 y fundamentada en fecha 16-04-2009, por el Tribunal de Control Nº 08 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme a los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano NESTOR ANTONIO RIVAS MEDINA, Ut supra identificado, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, SIEMBRA DE P.....