Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Militar Decimosexto de Control con sede en Barcelona Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR el acto formal de flagrancia, en contra de los ciudadanos:SM1. RAMÍREZ ÁLVAREZ DARWIN JOHAN, titular de la cédula de IdentidadN°V.-12.015.910, plaza del Destacamento N° 811 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, con sede en San Tome, estado Anzoátegui,de conformidad a lo establecido en los artículos 236, 237 y 238, todos del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: CON LUGAR LA APLICACIÓN del procedimiento ordinario en el presente Proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO:. CON LUGAR, la solicitud de la Fiscal Militar auxiliar 66 con sede en San Tome, Estado Anzoátegui, en cuanto a la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos: SM1. RAMÍREZ ÁLVAREZ DARWIN.....