Con base a los fundamentos precedentes, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Lara en funciones Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA de UN (01) AÑO TRES (03) MESE Y DIECINUEVE (19) DÍAS de prisión, al PENADO, NELSON JOSÉ PARRA LADINO, titular de la cédula de identidad Nº 13.269.243, por haber operado la prescripción de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 Ordinal 1ero., y encabezamiento del segundo aparte del Código Penal, en relación con el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Ordena el cese inmediato de toda medida de coerción personal, y LA LIBERTAD PLENA. TERCERO: Una vez declarada definitivamente firme la presente sentencia, y vencido el lapso previsto en el artículo 448 del Código Orgáni.....