Este Tribunal Militar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la Flagrancia y el procedimiento ordinario, en contra de los ciudadanos ANGEL MIGUEL GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad V- 19.716.346 y FABIOLA MARIA ROJAS CAICAGUARE, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.829.802de conformidad con lo establecido en los artículos 234 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Este Tribunal Militar se aparta de la precalificación jurídica realizada por el Fiscal Militar 42º del Delito Militar de ATAQUE AL CENTINELA previsto y sancionado en el artículo 501 del Código Orgánico de Justicia Militar, ya que no existe en las actas de la presente causa, elementos de convicción para estimar que los imputados de autos hayan sido autores o participes en la presunta comisión del delito militar de ATAQUE AL CENTINELA previsto y sancionado en el artículo 501 numeral 2º del Cód.....