Como consecuencia de lo anterior y a fin de evitar que se haga ilusoria la pretensión de los demandantes, este Tribunal, de conformidad con lo establecido por el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DECRETA Medida Preventiva de Embargo sobre bienes y/o créditos propiedad de la empresa demandada SERENOS RESPONSABLES, COMPAÑÍA ANÓNIMA., hasta cubrir la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CATORCE BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 43.414, 20), la cual comprende el doble de la suma demandada la cual es de VEINTIUN MIL SETECIENTOS SIETE BOLÍVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 21.707,10), o por la cantidad de VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs.. 23.877, 81), que es la suma líquida a pagar si el embargo recae sobre cantidades de dinero y que comprende la cantidad demandada de VEINTIUN MIL SETECIENTOS SIETE BOLÍVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 21.707,10). Para la práctica de esta medida se ordenara el traslado y const.....