este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Se niega la solicitud efectuada por la parte recurrida referente a declarar el decaimiento del objeto del recurso contencioso tributario, y 2.- Consumada la PERENCIÓN y consecuencialmente EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso tributario conjuntamente con amparo cautelar incoado por la firma mercantil SERVICON 458, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 21 de febrero de 2002, bajo el N° 32, Tomo 8-A, siendo su última modificación según Acta de Asamblea registrada ante la misma Oficina de Registro Mercantil en fecha 25 de junio de 2007, bajo el N° 17, Tomo 61-A, domiciliada en la Avenida Fraternidad con calle 10 CC Barbaro Shopping, Nivel PA, Local 03, sector El Tocuyo, estado Lara, representada por su apoderado Abogado Luis Armando Urd.....