En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACION a la transacción presentada por ciudadana ADA ALIDA PASEK DE LA CRUZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nros. V-3.199.219, en fecha 22/10/2021, contra la ciudadano RAUL JOSE MORELLO MENDOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nros. V-4.073.617., por no ser contraria a derecho y por haber cumplido con los requisitos de ley. Téngase la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 2 días del mes de Diciembre del año 2021.....