Por tales razones, y dadas las particularidades del caso en concreto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipio Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con fundamento en los artículos 2, 7, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, así como lo establecido en el artículo 177, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Parágrafo Segundo, en su literal g) y lo fundamentado en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2.009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02 de Abril de 2.009, de manera excepcional, deja sin efecto jurídico la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha Dieciséis (16) de Noviembre de 2.021, por tal motivo, se DECLARAN NULOS todos los actos p.....