Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE por el territorio y DECLINA el conocimiento del presente proceso en un Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas,. Remítanse las presentes actuaciones, con oficio, al Juzgado Distribuidor respectivo, a los fines legales consiguientes, en su oportunidad legal correspondiente.