condena a la empresa demandada CLÍNICA LARA, C.A., a pagar a MARÍA DELIX ANDASOL DE ALVARADO, todos planamente identificados en autos, todos y cada uno de aquellos conceptos a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley Orgánica del Trabajo, así como los intereses sobre las prestaciones de antiguedad, con la correspondiente indexación monetaria, hasta la presente fecha.-