de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Decimo de Control en contra delos penadosSARGENTO SEGUNDO GONZALEZ CARIDAD JOEL ARTURO,titular de la cedula de identidadC.I.: V- 17.648.462 y elDISTINGUIDO ALVAREZ VILLA JONATHAN JOSE, titular de la cedula de identidadC.I.: V- 24.266.210fueron condenados a cumplir una pena de CUATRO (4) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS DE PRISION, con las penas accesorias señaladas en el artículo 407 numeral 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militaren lo que corresponde a la Inhabilitación Política por el tiempo de la pena y la Separación del Servicio Activo y elciudadano PINEDA GONZALEZ JOEL ENRIQUE,titular de la cedula de identidadC.I.: V- 5.840.424,quien fue conde.....