DECISIÓN
En razón de las precedentes consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE por falta de legitimidad, la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abogado ALBERTO R. PEREZ. I, quien en su escrito manifiesta actuar en su carácter Defensor Privado de la ciudadana MARYELIS COROMOTO RODRIGUEZ JIMENEZ, por la presunta violación de los derechos constitucionales específicamente el Derecho a la Defensa, al Debido Proceso, a la Tutela Judicial y Efectiva, consagrados en los artículos 26, 27, 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, todo motivado por la Falta de Motivación en el Auto de Apertura a Juicio de fecha: 27 de Abril de 2015 dictado por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara a c.....