DECISIÓN
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Nº 9 de Primera Instancia en Funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA CON LUGAR LA REVISION DE LA MEDIDA y DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados: XAVIER PASTOR COLMANAREZ GARRIDO, Cédula de Identidad Nº 18.861.248, y GIOMAR ALBERTO COLMANAREZ GARRIDO, Cédula de Identidad Nº 21.295.501, SUSTITUYENDO POR UNA MEDIDA MENOS GRAVOSA, consistente en la MEDIDA CAUTELAR DE DETENCIÓN DOMICILIARIA de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 numeral 1 del Código Organico Procesal Penal A CUMPLIR POR AMBOS IMPUTADOS EN EL DOMICILIO APORTADO AL TRIBUNAL, ubicado en el Barrio Santa Isabel, La Playa, carrera 08 entre 10 y 13, casa Nº 10-48, de color de color azul con blanco, cerca de la Escuela Don Bernabé Planas y del CDI Olivo. Barquisimeto. Estado .....