DISPOSITIVA
		Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR  la demanda intentada por los ciudadanos: ADONIA ROSA VARGAS JIMENEZ, NOEMI VARGAS JIMENEZ, AROLDO ABIMALEC VARGAS JIMENEZ, RUTH VARGAS JIMENEZ, DAVID DE JESUS VARGAS JIMENEZ y YADDUL JOSUE VARGAS JIMENEZ,  respectivamente, representados  por la  Abg.  ROSA RONDON  contra  el  ciudadano  NICOLAS  HERIBERTO   GRILLO  MARTINEZ,  representado por   la Abg    Amenaira    del Valle Marcano  Escalante,  todos plenamente identificados en autos.  En consecuencia, SE CONDENA AL DEMANDADO A : ---------------------------------------------A)  Entregar el inmueble ubicado en la calle 26 entre  carreras 33 y 34, Nro. 33-75, de esta ciudad de Barquisimeto, libre de personas y cosas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.-------------------------------------------------------------------.....