Este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDA LA PENA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 del Código Penal Venezolano.-