Este Tribunal Militar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, oídos como han sido la exposición del Fiscal Militar, los alegatos de la Defensa así como también la declaración del imputado de autos, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal y de la Defensa de imposición de una medida cautelar sustitutiva de libertad a su defendido S/2DO JOSE ALEJANDRO MOGOLLON LOPEZ, titular de la cédula de identidad V-19.300.582, Ex Plaza del Destacamento Norte de la Guardia del Pueblo. Regimiento del Distrito Capital, en virtud de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal; imponiéndosele en consecuencia, las medidas cautelares sustitutivas contempladas en los numerales 2 y 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que la presentación periódica por ante este Tribunal Militar de Control, será de cada quince (15) días contados a partir de la presente fecha, Martes 02 de Septiembre de 2014, con la fi.....