Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 49 Ordinal 1ro, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara el decaimiento de la acción por falta de interés procesal y en consecuencia, extinguido el proceso de cumplimiento de contrato de arrendamiento, por la ciudadana MARIA ISABEL CASADO BALBAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.926.546, debidamente asistida por el abogado CESAR CEDEÑO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 21.944, PARTE ACTORA, contra la ciudadana VILMA ELIZABETH RODRIGUEZ MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.868.554, PARTE DEMANDADA. Igualmente se ordena el archivo del expediente una vez quede definit.....