este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente demanda, por motivo de Desalojo por falta de Pago, presentada por el ciudadano Norberto José Revilla Hernández, asistido por el abogado Henry Pastor Peña Escalona, contra la ciudadana Lorena Beatriz Vera Díaz.