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Decisiones del dia 02/07/2015

Formato:  Ficha  Lista

Corte de Apelaciones
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : FP01-R-2015-000038 N° Sentencia : FG012015000176 Fecha: 02/07/2015
Procedimiento:
Sin Lugar El Recurso Y Confirma
Partes:
IMPUTADO: RONALD JOSÉ JIMÉNEZ MUJICA
Resumen:
esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR, de conformidad con los artículos 234, 236 y 237 del Código Orgánico Procesal, en concordancia con los criterios esgrimidos por el Tribunal Supremo de Justicia, el recurso de apelación de auto interlocutorio, incoado por la abogada Gregoria Viña, quien funge como defensora Publica del ciudadano Ronald José Jiménez Mujica, a los fines de refutar el pronunciamiento emitido por el Tribunal 2º de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, que fuere dictado en fecha 26 de febrero de 2015, en ocasión a la celebración de la audiencia de presentación de imputado, en la cual se decreta medida privativa judicial de libertad, de conformidad con los artículos 236, ordinales 1º, 2º y 3º, 237 ordinales 2º y 3º y 238 del Código.....
Juez/Ponente:
Gilberto López Medina
Organo:
Corte de Apelaciones
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N° Expediente : FP01-O-2015-000013 N° Sentencia : FG012015000175 Fecha: 02/07/2015
Procedimiento:
Inadmisible La Acción De Amparo Constitucional
Partes:
ACCIONADO: TRIBUNAL 3º DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR A CARGO DE LA ABOGADA EMMA LA ROSA
Resumen:
esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad la ley, emite el siguiente pronunciamiento, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, presentada ante la Oficina de Alguacilazgo de esta ciudad, en fecha 04 de mayo de 2015, por los ciudadanos abogados Jhonny Moreno y William García, actuando en representación (como defensores privados) del ciudadano Martín Antonio Escalona Coraspe, ello a tenor de los dispuesto en el artículo 6 ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Juez/Ponente:
Gilberto López Medina
Organo:
Corte de Apelaciones
arriba

N° Expediente : FP01-O-2015-000013 N° Sentencia : FG012015000175 Fecha: 02/07/2015
Procedimiento:
Inadmisible La Acción De Amparo
Partes:
ACCIONANTE: ABOGADOS JHONNY MORENO Y WILLIAM GARCÍA DEFENSORES PRIVADO PRESUNTO AGRAVIADO: MARTÍN ANTONIO ESCALONA CORASPE
Resumen:
esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad la ley, emite el siguiente pronunciamiento, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, presentada ante la Oficina de Alguacilazgo de esta ciudad, en fecha 04 de mayo de 2015, por los ciudadanos abogados Jhonny Moreno y William García, actuando en representación (como defensores privados) del ciudadano Martín Antonio Escalona Coraspe, ello a tenor de los dispuesto en el artículo 6 ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Juez/Ponente:
Gilberto López Medina
Organo:
Corte de Apelaciones
arriba

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