DECLARO: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados JUAN RAMON LUQUE Y LEONEL RAPALO VERA, en su condición de defensores privados de la Sargento Primero JUANA GABRIELA TOVAR GONZALEZ; SEGUNDO: SE ANULA la sentencia condenatoria dictada por el Consejo de Guerra de Maracay, en fecha 11 de agosto de 2016 y publicada en fecha 17 de enero de 2017, que la condenó a cumplir la pena de ocho (08) años de presidio, por considerarla culpable y responsable penalmente de la comisión del delito militar de Destrucción de Efectos Pertenecientes a las Fuerzas Armadas, contemplado en el artículo 552 del Código Orgánico de Justicia Militar, a título de autora, en concordada relación a lo establecido en los artículos 389, ordinal 1° y 390, ordinal 1°, ejusdem; así como a las penas accesorias establecidas en los ordinales 1°, 2° y 4° del artículo 406 ibidem, como son: Interdicción civil durante el tiempo de la pena, inhabilitación política mientras dure la pena; y s.....