DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por la ABOGADA MARIA GUTIERREZ, I.P.S.A N° 126.065, en su caracter de Asistente Judicial del ciudadano FRANK GERARDO URQUIOLA, en su condición de VICTIMA, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de Marzo de 2015, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadal Itinerante en Función de Control Nº 01 de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana DARY SELENA CASTILLO JUAREZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 9.609.783, por la comisión del delito de INVASION previsto y sancionado en el articulo 471-A del Código Penal. SE ACUERDA FIJAR AUDIENCIA ORAL PARA EL DÍA 14 DE JUNIO DE 2017, A LAS 11:30 AM, a los fines de debatir los fundamentos del .....