1. CON LUGAR la pretensión de tutela constitucional planteada por la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO BOLÍVAR contra el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO con sede en esta ciudad, por violación de la garantía al debido proceso y de los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva del ESTADO BOLÍVAR, al no permitir la apertura del lapso para el ejercicio del recurso de apelación contra la sentencia definitiva proferida en el asunto FP02-S-2007-000027 (caso CARLOS HUMBERTO ZAMBRANO contra el ESTADO BOLÍVAR).
2. SE ANULAN todas las actuaciones ocurridas en el mencionado asunto a contar del 19 de julio de 2007 (incluido el auto dictado ese día declarando firme la decisión definitiva) y se ordena al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO de esta misma sede judicial o al juzgado que estuviere ejecutando la sentencia definitiva proferida en el señalado asunto, devolver el expediente al JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA .....