/Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 numeral 1º, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA al penado OSCAR ANIBAL MENDEZ RIVAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.482.644; el BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el plazo de UN (01) AÑO Y CINCO (05) MESES; y se imponen las condiciones siguientes: 1.- Mantenerse en el domicilio actual, de realizar cambio deberá notificarlo inmediatamente al tribunal. 2.- Debe consignar constancia de trabajo periódicamente. 3.- Asistir a centros de práctica de terapia de grupos (charlas y talleres de crecimiento personal). 4.- Recibir motivación y orientación de su delegado de prueba, para que se incorporé a la actividad educativa formal y/o la realización de cursos de capacitación en áreas de su interés a fin de .....