Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Tercero de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal , decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Accidental Noveno de Control con sede en el estado Falcón, en contra del penado ciudadano S/1 DEYVIS ALEJANDRO MORALES VENEGAS, titular de la cédula de identidad N° V-19.087.412, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES de prisión, por la comisión de Delito Militar de Sustracción de Efectos Pertenecientes a las Fuerzas Armadas, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar, más las penas accesoria de ley señaladas en el artículo 407 numerales 1, 2 Y 3 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Este Tr.....